La señalización en locales públicos, edificios, oficinas y cualquier lugar donde se desarrolle una actividad laboral es obligatoria y sus normas, formas, medidas y colores están recogidas en el real decreto 485/1997 sobre disposiciones mínimas de prevención de riesgos laborales.
La señalización a instalar en cada instalación dependerá del tipo de actividad y superficie siendo clasificadas en tipo A y tipo B.
Toda señalización deberá tener una revisión periódica para evitar su deterioro siendo responsable la empresa de su mantenimiento.
Le asesoramos en todo el proceso técnico de señalización de su empresa.
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